Preparación para la contratación
colectiva
Los
acuerdos celebrados entre los representantes de los trabajadores y de la
organización por medio de la contratación colectiva, repercuten tanto en lo
económico como en el administrativo en el seno de la organización y, al mismo
tiempo, en la comunidad en la cual se encuentra ubicada la misma.
Por
lo anterior, tanto los llamados representantes del trabajo como los
representantes del capital, deben presentarse a la mesa de discusiones
perfectamente bien preparados y con todos sus conceptos fundamentados en la
forma más clara y técnica posible.
Parece
que la época del simple “regateo”, durante la cual los representantes de
trabajo pedían 100 (para poner una cifra cualquiera), en tanto que los
representantes, del capital ofrecían cuatro, para después, ante un “regateo” en
una cifra razonable para ambas partes.
Conducción de la contratación
Las
tácticas o técnicas ya comentadas,
cuando hablamos de la discusión del reglamento interior del trabajo, son
aplicables también a la contratación colectiva, con la adición de que, en este
caso, debe tenerse en cuenta que el contrato consta básicamente de dos
materias:
a) Las clausulas económicas.
b) Las clausulas administrativas.
Contrato definitivo
Una
vez de acuerdo las partes, se da lectura a todo lo convenido y se procede a la
firma del contrato, el cual surtirá sus efectos a partir del momento en que se
deposite ante las autoridades. El contrato definitivo deberá imprimirse,
publicarse y hacerse llegar a todos y cada uno de los trabajadores.
Administración del contrato
Sobre
los supervisores descansa la mayor responsabilidad en la administración del
contrato, por ser estos quienes mayor contacto tienen con el trabajador.
Es
recomendable que se presente a los supervisores, por medio de cursos
especiales, el contenido del contrato y la interpretación adecuada del mismo.
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